miércoles, 17 de septiembre de 2008

La Audiencia de Burgos aplica la 'doctrina Parot' al "violador del ascensor"

Agencias / MSR-INFO

La Audiencia Provincial de Burgos acordó la aplicación de la 'Doctrina Parot' aPedro Luis Gallego, conocido como el violador del ascensor, condenado a 273 años de cárcel, quien en base a esta decisión por el momento no podrá salir de la prisión de Teixeiro (Coruña), que inicialmente anunció la salida del reo en el 18 de diciembre, tras la reducción de sus penas por beneficios penitenciarios.

Sin embargo, la Audiencia, en un auto fechado ayer mismo y que contra el que cabe recurso, decidió no aprobar la salida del preso el próximo mes de diciembre y aplicar el cómputo de las redenciones, ordinarias o extraordinarias, "en el cumplimiento sucesivo y siguiendo el orden de gravedad de las penas objeto de cumplimiento" de forma individual a cada una de ellas con un límite máximo de 30 años, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

De esta forma, Pedro Luis Gallego, condenado por el asesinato de la joven burgalesa Marta Obregón, en 1993, la muerte de la joven vallisoletana Leticia Lebrato, en 1992, y 18 violaciones más, no podrá salir de la cárcel hasta noviembre del año 2022.

La Sala de lo Penal de la Audiencia de Burgos tomó esta decisión tras conocer elinforme del Ministerio Fiscal, que se mostró partidario de aplicar la 'doctrina Parot', así como las alegaciones presentadas por la defensa del reo.

La "doctrina Parot" , es el nombre con el que se conoce la sentencia del Tribunal Supremo de España del 28 de febrero de 2006, por el que las redenciones de pena se aplicaran a cada una de las condenas que tenga el interno y no al cómputo de cumplimiento máximo que marca la Ley, que son 30 años. Esta doctrina, que se aplica a los delincuentes peligrosos y a los terroristas, les impide la reducción de condena por actividades como estudiar o hacer ejercicio y les obliga a permanecer en prisión el máximo que marca la ley. 

El sistema judicial español vuelve a buscarse una "triquiñuela legal" para que se haga justicia... curiosa paradoja. El hecho de que auténticos "monstruos" puedan quedar libres sin haber cumplido sus condenas debería hacernos reflexionar. ¿No sería mejor condenarles directamente a cadena perpetua? Suena "políticamente incorrecto", pero nos ahorraríamos sustos. Eso sí, ya que la cadena perpetua no tiene cabida en nuestra moderna, "progre" y permisiva sociedad, nos conformaremos con que se cumplan las penas íntegras, por ley. Nada de excarcelaciones a los 30 años; "personas" como el Señor Pedro Luis Gallego deben cumplir sus condenas "hasta que la muerte los separe".

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