miércoles, 28 de enero de 2009

Más de 5.000 ERE en menos de un año

20 MINUTOS / MSR-INFO / WOLF

Un total de 5.193 empresas presentaron en España un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de enero a noviembre del pasado año, según datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

De todos ellos, fueron autorizados 4.719, que afectaron a 95.066 trabajadores, lo que supone que fueron aceptados más de 14 expedientes al día y una media de 284 empleados se vieron afectados diariamente.

Muchos son presentados por la pequeña y mediana empresa, según fuentes del Ministerio de Trabajo, ya que no se exige una cifra mínima de trabajadores para presentar un ERE.

La peor cifra desde 2001
La crisis económica disparó el número de empresas que se vieron obligadas a presentar expedientes reguladores y la alta cifra de 2008 contrasta con las que dejaron años anteriores.
Sin ir más lejos, 2007 cerró con un total de 4.020 ERE’s presentados (de enero a noviembre había 3.698, lo que supone casi 1.500 menos con respecto a 2008) y en todo el año 2006 sólo hubo 3.755.

Además, la cifra de trabajadores afectados en 2008 fue la más alta desde 2001, cuando 122.344 empleados se vieron perjudicados por los expedientes reguladores. En el mes de noviembre del pasado año, a expensas de la cifra oficial, se calculaba que el número de trabajadores afectados en 2008 pudiera llegar a los 116.000.

Las claves para entender un ERE
· ¿Qué es?
Es un procedimiento empleado por las empresas en crisis para suspender o despedir trabajadores. Necesita un permiso de la autoridad laboral competente para que se garanticen ciertos derechos de los empleados.
· ¿Quién lo puede iniciar?
El empresario o los trabajadores, a través de sus representantes sindicales, que pueden solicitarlo por impago hasta que la empresa les abone lo que les adeuda. El segundo caso es poco frecuente.
· ¿Cuánto dura?
Su duración no puede ser inferior a treinta días naturales. En el caso de las empresas con menos de cincuenta trabajadores, se reduce a quince. Para ser procedente, el despido colectivo debe producirse en un período de 90 días.
· ¿A cuánto asciende la indemnización?
El mínimo en todos los casos es de veinte días de salario por año de servicio, repartiéndose por meses los períodos inferiores a un año, con un máximo de doce mensualidades. En las empresas con menos de 25 trabajadores, el 40% de la indemnización mínima corre por cuenta del Fondo de Garantía Salarial.
· ¿Qué es el Fondo de Garantía Social?
Una institución que se encarga de pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones que las empresas para las que trabajan, debido a su crítica situación económica, no han podido satisfacer.

¡Menos mal que la propaganda electoral nos convenció de que alcanzaríamos el pleno empleo si votábamos a ZP como presidente!

Si las víctimas del ERE pueden hacer a su vez suspensión de pagos, quienes no van a cobrar son los bancos, lo cual es justo, el Gobierno ha prestado el dinero de nuestros impuestos al sistema bancario. ¡QUE LOS BANCOS PAGUEN LA CRISIS Y EL GOBIERNO LAS CONSECUENCIAS DE DARLES EL DINERO PÚBLICO!

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