viernes, 6 de marzo de 2009

La ilegalidad de las ideas

El rotativo madrileño El País publicaba, el 28 de julio de 2003, un artículo del historiador catalán Xavier Casals bajo el título "La ilegalidad de las ideas", en el cual hace una particular reflexión al calor de los incidentes del 8 de julio, que implicaban al dueño de la librería Kalki, y a Joan Antoni Llopart, responsable de ENR. Sin añadir comentario alguno por nuestra parte, lo reproducimos íntegramente:


En La Crónica del miércoles 23 de julio Jacinto Antón aludía al hecho de que la reciente actuación de los Mossos d'Esquadra (incautando 10.000 libros "nazis" de la librería Kalki de Barcelona y de las Ediciones Nueva República) había manifestado tal exceso de celo que incluyó obras del célebre escritor Ernst Jünger. En realidad, las obras "nazis", al parecer, incluían también libros del falangista José Luis de Arrese o de uno de los introductores del fascismo en España, Ramiro Ledesma Ramos. En fin, un melting-pot ultraderechista.

Pero al margen de estas precisiones, el episodio policial vuelve a poner en primer plano una cuestión difícil de acotar: ¿cuáles deben ser los límites de la libertad de expresión y de la circulación de ideas? ¿Dónde comienza o acaba la "apología del genocidio" en una democracia más allá de lo que establece el Código Penal vigente? ¿Hasta qué punto es legal incautar obras con ISBN y Depósito Legal? ¿Debe existir censura previa?


Respecto a la primera pregunta, es fácil coincidir en una pregunta de amplio consenso social: el delito supuestamente cometido por los editores y difusores de estas obras ("apología del genocidio") despierta una inmediata condena ética y social, que comparte quien escribe estas líneas. Es obvio —como han demostrado los resultados electorales— que la mayor parte de nuestra sociedad no se identifica con los postulados neonazis, racistas o antisemitas. Pero al exigir que una sanción social legal acompañe a la condena ética se entra en un campo minado para la libre circulación de ideas.


En efecto, "judicializar" la difusión de ideologías en función de su supuesta maldad o bondad abre vías de eventual limitación de las libertades cívicas. Porque... ¿debe limitarse la "apología del genocidio" a obras exaltadoras del nazismo o negadoras del exterminio judío? ¿Y la dura realidad del "Gulag" soviético? En 1997 una obra de historiadores franceses, El libro negro del comunismo, inventarió los crímenes monstruosos del llamado "socialismo real". ¿Es posible, después de aparecer nuevas monografías que describen el totalitarismo comunista, excluir del delito de "apología del genocidio" obras laudatorias de los extintos regímenes comunistas? ¿Por qué?


La situación se hace más complicada si miramos nuestro pasado inmediato, el franquismo. Está documentada la voluntad de genocidio de la dictadura respecto a la cultura catalana, como refleja una monografía de Josep Benet de 1995. ¿Qué hacer, pues, con quienes reivindican la memoria del régimen anterior? ¿Hay que cerrar la revista Fuerza Nueva? ¿Y la Hermandad de Combatientes de la División Azul? Ahí está un trabajo que se acumula para jueces y letrados y que se complica con la publicación exitosa de la obra de Pío Moa Los mitos de la Guerra Civil. En ella, se cuestiona (entre otros aspectos de la contienda y sus participantes) la "crueldad de Franco", y su autor argumenta que éste "sale bien parado", "si lo comparamos con, por ejemplo, Churchill, Roosevelt o Truman, no digamos Hitler o Stalin". Lejos de merecer condenas, Moa fue legalmente entrevistado en la televisión estatal sin intervenir ningún contradictor de sus argumentos. ¿Debió ser censurado?


Tipificar el delito de "apología de genocidio" abre las puertas a que la verdad histórica se confunda con la judicial y ello no depara nada bueno ni a la historia ni a la libertad de ideas. Tampoco está de más recordar que la sentencia de una actuación precedente de la policía autonómica de 1998 contra el dueño de la Librería Europa, Pedro Valera, aún está pendiente de ejecución por un recurso presentado ante el Tribunal Constitucional.


Igualmente, cabe destacar que este tipo de intervenciones policiales cada vez tiene menos sentido en la era de Internet: si alguien se molesta en viajar por páginas web ultraderechistas descubrirá que se puede copiar libros enteros. Por otra parte, si se quiere limitar la difusión de este tipo de obras en el ciberespacio, se entra en problemas más complejos. Así, dado que la venta de Mi lucha, de Adolf Hitler, está prohibida en Alemania, los neonazis adquirirían la obra en la librería virtual Amazon, pues en EE.UU. es un texto de difusión legal. Tras producirse varias protestas, Amazon ha decidido retirar el libro de su catálogo. Esta cibercensura abre una senda de destino ignoto (¿se retirarán sistemáticamente obras catalogadas por las protestas que se efectúen?) y plantea algunos problemas obvios: si algún estudioso o interesado desea conocer las fuentes originales del hitlerismo, ¿dónde las podrá consultar?; ¿deberán habilitarse bibliotecas vigiladas?


A quien esto escribe le separa un abismo ideológico de los editores, autores y distribuidores de las obras incautadas, pero considera que —pese a todo— éstas deben ampararse en el marco de la libertad de expresión. Las ideas sólo pueden combatirse con ideas, aunque ello nos desagrade. Actualmente, la generalización de un pensamiento políticamente correcto crea un clima social de censura ideológica, como mostró el episodio protagonizado por Miriam Tey y Todas putas, en el que abundaron opiniones contrarias a una obra que apenas nadie se había tomado la molestia de leer previamente. En definitiva, cuando la democracia necesita policía del pensamiento, su salud no puede ser muy buena.


Xavier Casals



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